Ombudsman dictamina queja de los vendedores del mercado contra la eliminación de los kioscos establecidos

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Nilda Arduin Ombudsman St Maarten

 

PHILIPSBURG, Sint Maarten — Una imagen del mercado turístico de Philipsburg en Dutch St. Maarten, más conocido como el mercado. (Foto en Wikimedia Commons)

Philipsburg.- En el caso presentado por un grupo de treinta vendedores de Marketplace, a la Defensora del Pueblo dictaminó que se han violado los estándares de la razón, la provisión de información activa y adecuada, la razonabilidad y proporcionalidad.

El 12 de octubre de 2017, treinta (30) vendedores del mercado, representados por la Sra. Ingrid Grell-Davis (Reclamantes), informaron a la Defensora del Pueblo que se vieron afectados negativamente por la decisión de la Ministra de Asuntos Turísticos, Economía, Tráfico y Telecomunicaciones (Ministro TEATT) de eliminar todos los kioscos en Philipsburg. Los reclamantes alegaron que no fueron consultados ni informados sobre el asunto, ni sus preocupaciones pudieron ser tratadas adecuadamente por representantes del Departamento de Asuntos Económicos. De conformidad con la ley, la Defensora del Pueblo investigó si la Ministra de TEATT observó la corrección en la decisión y la ejecución para retirar y reubicar los kioscos del Mercado sin informar a los proveedores afectados.

Respondiendo a las preguntas de la Defensora del Pueblo, la Ministra de TEATT mencionó que un informe fechado el 16 de noviembre de 2016 establecía que el mercado ya estaba en necesidad de reparación antes del paso de los huracanes Irma y María. La Ministra alegó que los daños sufridos después de los huracanes Irma y María exacerbaron en gran medida estas condiciones; la decisión de eliminar los quioscos se debió al hecho de que todos los puestos de venta se dañaron.

Sin embargo, la Defensora del Pueblo estableció que según un informe fechado el 16 de noviembre de 2016 del ‘Marktmeester’ solo se dañaron cinco postes de luz y algunos azulejos, mientras que algunos ladrillos debieron restablecerse y los retenedores de agua para las palmeras necesitaron ser reemplazados.

No se necesitaron reparaciones para los quioscos. Dos evaluaciones de daños después de los huracanes, respectivamente del 27 de septiembre de 2017 y 24 de octubre de 2017, mostraron que 3 de los 27 quioscos fueron destruidos sin posibilidad de reparación, 4 sufrieron daños estructurales y 20 sufrieron daños leves, que podrían repararse.

Por lo tanto, la Defensora del Pueblo llegó a la conclusión de que los hechos proporcionados en la solicitud al Ministerio de VROMI mediante carta de 5 de octubre de 2017 retirar temporalmente los quioscos no estaban cubiertos por los informes proporcionados por la Ministra. En consecuencia, la Defensora del Pueblo observó que las acciones tomadas por el gobierno deberían ser llevadas a cabo por hechos y lógica, comunicadas al ciudadano. La decisión del Ministro carece de una razón, y motivos adecuados.

El estándar de razón ha sido violado. Se deben proporcionar y explicar los motivos adecuados a los ciudadanos afectados por las decisiones tomadas por el gobierno, así como la proporcionalidad observada. Un organismo público no puede actuar sobre la base de su propio criterio ni puede actuar al azar; cada decisión y acción de un organismo público tiene que estar debidamente motivada.

A pesar de la intención de la Ministra de reubicar a los proveedores, y según se informa posteriormente en los medios, para proporcionar a los turistas una experiencia mejorada en el mercado, el equipo no presentó consideraciones tangibles sobre el impacto de la decisión en los medios de subsistencia de los vendedores. La Ministra en respuesta a las preguntas formuladas por la Defensora del Pueblo. Tampoco presentó un plan de enfoque para materializar la reubicación de los proveedores y salvaguardar su sustento, ni se discutió oportunamente con los vendedores.

Por el contrario, las fechas de reubicación y la información proporcionada a los vendedores después de la intervención de la Defensora del Pueblo no se cumplieron.

Los Demandantes deberían haber sido informados con prontitud al tomar tal decisión, que afectó severamente su sustento y el de sus familias. Como tal, el “estándar de provisión de información activa y adecuada” también ha sido violado.

De conformidad con el “Landsverordening Openbare straathandel”, la Ministra TEATT designa el lugar para mantener los mercados y emite las licencias a las personas para vender mercancías en estos lugares. Como tal, le corresponde a la Ministra sopesar cuidadosamente el impacto de la decisión tomada en contra de los intereses de los vendedores. “El estándar de razonabilidad y proporcionalidad” requiere que las consecuencias negativas de una acción para alcanzar un objetivo determinado no sean desproporcionadas con los intereses del ciudadano o grupo de personas.

Las consideraciones presentadas por el Ministro no establecen, sin embargo, que se haya observado la proporcionalidad en la decisión de (temporalmente) eliminar y no restaurar los quioscos. En este sentido, la Defensora del Pueblo observa que el estándar de proporcionalidad exige que la medida que menos interfiere con el interés del ciudadano prevalezca y se emplee.

La Defensora del Pueblo recomendó a la Ministra: garantizar que en todo momento se observen los motivos adecuados, proporcionados y explicados a la ciudadanía o grupo de personas

Las consideraciones presentadas por la Ministra no establecen, sin embargo, que se haya observado la proporcionalidad en la decisión de (temporalmente) eliminar y no restaurar los quioscos. En este sentido, la Defensora del Pueblo observa que el estándar de proporcionalidad exige que la medida que menos interfiere con el interés del ciudadano prevalezca y se emplee.

El Ombudsman recomendó a la Ministro: garantizar que en todo momento se observen las razones y los motivos adecuados, proporcionados y explicados al ciudadano en general, y a los querellantes en particular, en todas las decisiones pendientes. Y para informar a los denunciantes por escrito sobre los pasos dados y el plan de acción con respecto a la reubicación de las estructuras del Mercado, con copia al Defensor del Pueblo. El informe completo sobre este asunto puede leerse en el sitio web del Ombudsman: ombudsmansxm.com